Enrique Jonguitud/ Agencia Portátil
Ciudad Victoria, 30 de agosto.- Una iniciativa presentada en el Congreso del Estado de Tamaulipas plantea castigar con hasta ocho años de prisión a particulares que operen instituciones educativas sin contar con la autorización o el reconocimiento de validez oficial de estudios (RVOE).
La propuesta fue presentada por el diputado Isidro Jesús Vargas Fernández, representante del Distrito 12 e integrante del Grupo Parlamentario de Morena, quien planteó reformar el primer párrafo del artículo 189 Ter del Código Penal para el Estado de Tamaulipas.
El planteamiento busca fortalecer las disposiciones legales para proteger a los estudiantes tamaulipecos ante instituciones particulares que ofrezcan servicios educativos sin cumplir con los requisitos establecidos por las autoridades educativas de la entidad.
La iniciativa establece que los particulares que impartan educación en Tamaulipas deben contar previamente con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, además de cumplir con condiciones de seguridad, protección civil, infraestructura y planes y programas educativos.
El documento advierte que algunas instituciones pueden captar alumnos pese a carecer del RVOE, situación que puede generar pérdidas económicas para estudiantes y familias, además de afectar su trayectoria académica al no poder obtener documentos oficiales que acrediten los estudios realizados.
De acuerdo con la propuesta, los afectados pueden descubrir después de varios años que la escuela donde estudiaron no contaba con autorización para impartir los servicios educativos, lo que representa una pérdida de tiempo, esfuerzo y recursos económicos para los alumnos y sus familias.
Vargas Fernández argumentó que las sanciones vigentes resultan insuficientes frente a los daños que pueden ocasionarse a los estudiantes de Tamaulipas, por lo que consideró necesario aumentar las penas y establecer un castigo acorde con la gravedad de estas conductas.
La reforma plantea imponer de cuatro a ocho años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización a quien preste servicios educativos que requieran autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios y no los haya obtenido, sanción que sería aplicable por cada institución educativa que opere en esas condiciones.














