Agencia Portátil
Ciudad Victoria, 19 de febrero.-Maestros jubilados de Tamaulipas tendrán un recorte de 20 mil pesos en su pensión, luego de que la Suprema Corte determinara que el pago se calculará en UMAS, señaló Rodrigo Tavares García.
El presidente del Comité Estatal de Jubilados y Pensionados del magisterio dijo, “vemos que la resolución nos da un golpe muy duro a quienes entregamos toda una vida al servicio de una nación”.
Lamentó que el presidente de la República no apoyara la lucha de los jubilados del ISSSTE para que la pensión se calcule en salarios mínimos.
“No somos mexicanos de tercera ni de quinta, somos mexicanos que participamos en la transformación en su momento con 40, 30 o 50 años de ser vicio”.
Agregó, “educando niños, transformamos sociedades y hoy parece que somos enemigos de un sistema actual político nacional y de los Estados”.
Tavares García hizo un llamado a Andrés Manuel López Obrador “para que escuche la voz de miles de maestros jubilados que tenemos necesidades”.
El líder de los maestros jubilados recalcó que pese al fallo de la SCJN no desistirán para que los docentes reciban una pensión justa.
“Elevamos nuestra protesta y haremos las acciones necesarias a fin de demostrarles la fuerza que tenemos para castigarles con el voto el día que sean las elecciones”.
El presidente del CEJP insistió que la afectación a quienes tienen el tope máximo de pensión “será de 18 mil 500 pesos mensuales”.
Finalmente, señaló “manifestamos nuestro descontento y repudio a las decisiones del ISSSTE nacional como de la SCJN, porque no es posible que se trate a los maestros y a los jubilados del país en estas condiciones”.
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Antes de estar alarmando a todo el universo de pensionados y jubilados en el País, primero hay que conocer a fondo la ejecutoria dictada por la Segunda Sala de la Corte, para determinar a quienes puede afectar y a quienes no. También es muy importante tener en cuenta el tema de la imposibilidad de aplicar retroactivamente en perjuicio de persona alguna, cualquier ley, reforma o criterio nuevo -elevada a rango Constitucional y Convencional-, y por el cual creo, que si un pensionado o jubilado ya tiene bien determinado y establecido el monto de su pensión en base a un criterio anterior, no se le puede aplicar en su perjuicio ese nuevo criterio que externó la Segunda Sala de la Corte, porque esto impactaría y dejaría sin efecto una determinación tomada con anterioridad por la autoridad competente, y por la cual ya se le ha venido cubriendo una pensión con un monto también ya precisado previamente; por eso creo que en el peor de los casos, ese nuevo criterio aplicaría sólo para quienes se jubilen -y para sus causahabientes-, pero con posterioridad a la fecha en que se adoptó.
Es el momento de que se reactive la Iniciativa de Reforma al Art. 123 Constitucional, inciso «A.» fracción VI párrafo primero y Artículo Tercero Transitorio del Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 17 de Enero del 2016; presentada por la Senadora GRISELDA VALENCIA DE LA MORA, quien por cierto pertenece al Grupo Parlamentario de Morena y es Presidenta de la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Senadores. Dicha Iniciativa se encuentra para su Dictamen en las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios legislativos del propio Congreso. Legislativos. Incluso, otros Senadores de otros Partidos, también presentaron sendas iniciativas en ese mismo sentido, esto es, para que el Salario Mínimo General sí se tomara en consideración para determinar cualquier prestación de seguridad social, como lo son las pensiones por jubilación.